Para poder formalizar el contrato, el día de inicio del mismo, las personas candidatas seleccionadas:
- Deberán firmar electrónicamente la documentación requerida. Para ello, la persona candidata seleccionada tiene que disponer de: Certificado electrónico de persona física (se puede solicitar en https://www.sede.fnmt.gob.es/certificados/persona-fisica) o DNI electrónico, activado para firmar. Para poder firmar electrónicamente, con cualquiera de las opciones mencionadas, es necesario tener instalada la aplicación Autofirma desarrollada por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (https://firmaelectronica.gob.es/Home/Descargas.html).
- Deberán aportar justificante, expedido en fecha del día de la firma del contrato, de estar inscrito como demandante de empleo en el Servicio de Empleo y Formación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
No podrán ser seleccionadas las personas candidatas que se encuentren en los supuestos contemplados como excluyentes en la Orden de 12 de abril de 2018, de la Consejería de Empleo, Universidades y Empresa por la que se establecen las bases que regulan la concesión de ayudas públicas destinadas a la financiación de la contratación en prácticas de personas con titulación en formación profesional de grado superior por empresas, universidades y entidades de la I+D+I en la Región de Murcia (BORM número 96 de 27 de abril de 2018), que ha sido modificada por la Orden la Consejería de Empleo, Investigación y Universidades, de fecha 10 de diciembre de 2019, publicada en el BORM número 286.
No podrán ser seleccionadas para el contrato laboral objeto de la presente convocatoria, las personas candidatas cuya contratación suponga un incumplimiento de la normativa regional o estatal aplicable a la FFIS en materia laboral. Así mismo, no podrá participar ni resultar beneficiada de la presente convocatoria ninguna persona que haya sido anteriormente separada del mismo puesto de trabajo, ya sea por despido o por no haber superado el periodo de prueba correspondiente.
La formalización del contrato y su mantenimiento estará supeditada a la existencia de crédito adecuado y suficiente.
La presentación de la solicitud supone el consentimiento para que aparezcan los nombres de las personas candidatas seleccionadas en la web de la FFIS/IMIB.
Sólo podrán ser personas candidatas seleccionadas quienes tengan la nacionalidad española o sea nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación de la libre circulación de personas trabajadoras.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, las personas cónyuges de españoles/as y de nacionalidades de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados/as de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados/as de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria, se realizará por medio de los documentos correspondientes certificados por las autoridades competentes de su país de origen traducidos al castellano.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso.
Dadas las especiales características de la contratación, así como la urgente e inaplazable necesidad de la misma, la incorporación de la persona candidata seleccionada se realizará dentro de los márgenes previstos en el apartado tipo y duración del contrato.
En caso de que durante este periodo la persona candidata seleccionada no se encuentre en disposición de incorporarse efectivamente al puesto de trabajo en el plazo establecido, se seleccionará a la siguiente candidatura que reúna todos los requisitos mínimos, por orden de prelación en función de la puntuación obtenida, o en su defecto, si no hay más personas candidatas que reúnan los requisitos mínimos, la convocatoria quedará desierta.
En aplicación de la Ley 53/1984 de 26 de diciembre, de Incompatibilidades de Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, con carácter general, el contrato objeto de la presente convocatoria será incompatible con la prestación de servicios en cualquier otra entidad del sector público, así como del privado.